
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el décimo Decreto Ley desde junio de 2021 dedicado a paliar el impacto de los disparados precios de la energía en el bolsillo de los consumidores. La norma costará a las arcas públicas 3.000 millones de euros y creará una nueva tarifa regulada para las comunidades de vecinos con calefacción central de gas, además de reforzar y expandir el bono social. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha afirmado en el Senado que con el nuevo Real Decreto «a ningún hogar español le va a faltar la energía para iluminarse, calentarse y cocinar este invierno».
La ley extiende hasta el último trimestre de 2023 el límite de un 5% de incremento de las tarifas de último recurso (TUR) del gas, que hasta ahora estaban limitadas hasta el último trimestre de este año, y eleva los requisitos mínimos de eficiencia para el alumbrado público, con el que prevé ahorros de hasta el 67%.
La vicepresidenta tercera y ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, ha defendido que las medidas ya propuestas por el Ejecutivo suponen un ahorro de un 33% en la factura de la luz, gracias a la excepción ibérica, las bajadas fiscales y la reducción de los costes fijos. Todas las medidas estarán en vigor hasta finales del año que viene y estarán financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
La norma permite la creación de una nueva tarifa de último recursos (TUR) que regula el precio del gas para las calderas comunitarias, una medida con un potencial de beneficiarios de 1,7 millones de hogares y que aplicará de manera temporal hasta finales de 2023.
Esta nueva tarifa está condicionada a que las comunidades de propietarios instalen contadores individuales o repartidores de costes, a menos que estén eximidas por inviabilidad técnica, antes de finales de septiembre de 2023. Para ayudar a su instalación, Ribera aseguró que habrá una ayuda de 40 millones de euros para facilitar el desembolso en estos elementos por parte de los hogares.
La ministra confía en que las comunidades de vecinos que ya han contratado un servicio de gas natural puedan acogerse a la nueva tarifa especial, aunque se necesitará un tiempo.
Ribera, describió la medida y afirmó que el método para implementar la nueva tarifa será a través del cálculo del consumo medio de la comunidad de vecinos de los últimos 5 años. Sobre el 70% de ese consumo, se aplica un descuento del 40%, mientras que el 30% restante seguirá pagando el gas a precios del mercado libre.

El Gobierno plantea, además, una penalización para aquellas comunidades que superen el gasto medio de los últimos 5 años para fomentar que las viviendas sigan tomando medidas de ahorro energético. El incremento de consumo pagará la nueva tarifa más un 25% que se dividirá en ocho subtramos de consumo.
Ribera también explicó la creación de un nuevo bono social temporal para aminorar la factura eléctrica. La medida ahorraría un 40% de la factura a aquellos hogares cuya renta se sitúe entre 1,5 y dos veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 14 pagas. Esto se traduce en rentas inferiores a 28.000 euros. La nueva medida afectará a 1,5 millones de hogares y la suma de todas las categorías de bonos cubrirían a 4 de cada 10 españoles.
Según explicó el pasado jueves la ministra del ramo en una entrevista en la Cadena SER, podrán acceder a ese nuevo descuento en 2023 personas solteras que ganen hasta 16.800 euros al año, parejas que ingresen 19.300 euros o familias que ganen 27.720. Para 2022, las categorías serán de 16.212 euros; 18.644 euros y 26.750 euros, respectivamente.
El Gobierno también ha ampliado los descuentos para los beneficiarios de las actuales categorías del bono social, el descuento pasará del 60% actual al 65% para los consumidores considerados vulnerables y del 70% al 80% para los vulnerables severos. Antes de que se desatara la actual crisis energética los descuentos eran del 25% y del 40%, respectivamente.
Además, se eleva un 15% la cantidad de energía con derecho al descuento, hasta los 1.587 kilovatios/hora (KWh) anuales para unidades de convivencia sin menores; 2.221 KWh para familias con un menor y para pensionistas; 2.697,9 KWh para las de dos menores, y 4.140 KWh para familias numerosas.
Además, se duplica el presupuesto en 2022 y 2023 del bono social térmico para hogares vulnerables, con lo que se doblará la ayuda media hasta los 375 euros por hogar y se elevará la mínima a 40 euros, frente a los 35 euros actuales.
El Real Decreto extiende hasta el último trimestre de 2023 el límite de un 5% de incremento de las tarifas de último recurso (TUR) del gas, que hasta ahora estaban limitadas hasta el último trimestre de este año.
El alumbrado público, según comentaba Ribera, es una de las grandes preocupaciones de las administraciones públicas, por el gasto tan abultado que supone la iluminación para estas. Los requisitos mínimos de eficiencia aumentan un 119% para el alumbrado funcional (como carreteras, autopistas) y un 163% para el alumbrado ambiental (generalmente en zonas urbanas).
Además de esto, las medidas serán voluntarias desde su publicación y obligatorias para los proyectos que se inicien el 1 de enero. Los que se hayan iniciado antes tienen un año máximo para concluirse. La mejora de la eficiencia del alumbrado supondrán un ahorro de entre el 39% y el 67%, según la ministra del ramo.

El plan de contingencia energética aprobado el 11 de octubre por el Consejo de Ministros se compromete a “reducir” la factura del gas para estos hogares que cuentan con una caldera comunitaria y que no están pudiendo acogerse a la tarifa regulada del gas (TUR), mucho más económica que las del mercado libre. Sin embargo, el Gobierno no precisa cómo conseguirá esta rebaja. A continuación se ofrecen respuestas legales a los problemas en las comunidades de vecinos que surjan en torno a la calefacción y agua sanitaria central.
El acuerdo para no encender la calefacción debe ser adoptado en junta de propietarios por mayoría simple (la mitad de los propietarios más uno) de los presentes y cuotas de participación según recoge el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) puesto que es una decisión temporal y significa que el servicio no se suprime de una manera definitiva.
Como es un acto de administración “no es necesario el consentimiento unánime, sin perjuicio de las acciones que puedan en su caso ejercitar los propietarios afectados”. “la decisión no puede tomarse unilateralmente por el presidente o el administrador de fincas”.
La decisión sobre la calefacción se adopta por mayoría en una junta de propietarios y es ejecutable por parte de la comunidad de vecinos salvo impugnación en los tribunales conforme al artículo 18 de la LPH.
Si un vecino está en contra de suprimir o reducir el servicio de calefacción la única vía que tiene es impugnar judicialmente el acta de la reunión de vecinos y solicitar una medida cautelar urgente para evitar la ejecución del acuerdo y así dejarlo en suspenso.
Lo recomendable para los vecinos discordantes antes de iniciar una vía judicial es intentar llegar a un acuerdo con la comunidad al objeto de que le concedan facilidades de pago, amparándose en la situación de crisis.
En estos casos, las personas alquiladas pueden exigir a sus caseros, según el artículo 21.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que se les provea de un suministro alternativo a la calefacción central “en tanto que es una condición necesaria para la habitabilidad de la vivienda”.
Y en el improbable caso que la vivienda sea inhabitable, el inquilino podrá desistir del contrato o pedir la suspensión temporal del mismo, dejar la vivienda y durante ese tiempo no abonar la renta de alquiler, según la normativa sobre arrendamientos urbanos.
El arrendatario, en la mayoría de los casos, no tiene derecho a que el propietario aplique la reducción de rentas y sí podrá exigir que se provea de calefacción a la vivienda.
Entendemos en el despacho, que cuando en el contrato conste que la calefacción central está incluida en el precio de la renta y no se disponga de ella, “el inquilino puede exigir una reducción de las mensualidades”.
Las comunidades de vecinos no están obligadas por el Real Decreto-Ley 14/2022 sobre medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural que establece que la temperatura de la calefacción no puede superar los 19 grados en el interior de edificios o locales administrativos, tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales.
Esta ley obliga a aquellos inmuebles con concurrencia pública como son los teatros, cines, bares, restaurantes y cafeterías y también los dedicados al transporte de personas como estaciones y aeropuertos.
Los comercios en estos edificios comunitarios están facultados para desconectarse de la calefacción central. Esta desconexión tiene como finalidad poner en marcha una instalación individualizada que les permita cumplir con la normativa del Gobierno, pero no podrán exigir a la comunidad que abone dichos gastos, pues es un coste de adaptación para la realización de la actividad del local ajeno a la comunidad.
En la teoría todos los consumidores con un consumo inferior a los 50.000 kWh pueden contratar la tarifa regulada de gas natural (TUR). Sin embargo, las comunidades de vecinos con calefacción de gas centralizada se les considera grandes consumidores y no pueden por ley acceder a esta tarifa refugio, incluso cuando dispongan de sistemas de reparto del consumo.
Dentro del nuevo plan de contingencia energética, el Consejo de Ministros del 11 de octubre se ha comprometido a reducir la factura de 1,6 millones de hogares con calderas comunitarias con vistas al próximo invierno. El Gobierno limitará el precio del gas natural que pagan estas comunidades de vecinos. El objetivo es que estos usuarios tengan un nivel de protección equivalente al que tienen desde hace un año los consumidores de la tarifa regulada de gas.
A día de hoy, los hogares con una caldera individual tienen acceso a pagar el gas a 6 céntimos según la tarifa TUR. Creemos que esto no es justo, más cuando esta tarifa regulada se da en función del consumo, no de la renta de la persona que la disfruta. No es lógico que a día de hoy los chalets tengan una tarifa regulada y las viviendas con calefacción central, da igual la renta, están en el mercado libre a 20 céntimos kw/h.
A largo plazo sí es aconsejable invertir en sistemas de calefacción más eficientes y en elementos de regulación del calor dentro de la vivienda, también la acometida de obras para reducir las necesidades energéticas de los hogares.
Este tipo de obras tienen un elevado coste, pero están siendo subvencionadas por los Fondos Next Generation. Por ello los administradores de fincas colegiados aconsejan que se pidan estas ayudas por parte de las comunidades de propietarios y los particulares, porque es fundamental para la reducción de la factura energética a medio y largo plazo.
Sin embargo frente a unas subvenciones muy importantes, los propietarios se enfrentan a unos gastos de instalación que están disparando su precio por el incremento de los costes de las materias primas y de la energía para su producción.
En cualquiera de los casos, la promesa de unas subvenciones de hasta el 60% puede actuar de incentivo para que las comunidades que quieran reducir su factura energética en los próximos inviernos tomen decisiones.
El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico a través del Real Decreto 736/2020 estableció un calendario progresivo para instalar contadores individuales, obligando en primer lugar a las zonas más frías a contar con sistemas de reparto del consumo.
En Madrid la obligación comienza este noviembre y, en último lugar, se extenderá a Barcelona y la cornisa cantábrica en la primavera de 2023.
De todas formas, quedan exentas de la obligación de poner contadores las viviendas ubicadas en Baleares y Canarias, la zona de Levante, Guadalquivir, Ceuta y Melilla, que se corresponden con las zonas A y B.
Todos los edificios construidos después de 1998 tienen obligación de tener un sistema de contador individualizado, sin embargo, para las construidas anteriormente, la normativa obliga a poner contadores individualizado a las comunidades de vecinos cuando amorticen la instalación de estos sistemas en menos de cuatro años.
Muchos edificios construidos antes de 1998 carece de contaje individualizado y, además, la mayoría de las veces tampoco pueden instalarlo. Solo están obligadas alrededor de un 30% de las comunidades.
Conviene conocer el Código Técnico de la Edificación por el que se establece las zonas climáticas en las que se divide España identificándolas mediante una letra, correspondiente a la severidad climática de invierno, y un número, correspondiente a la severidad climática de verano.
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