Instalación de paneles solares en cubiertas de los edificios

Instalación de paneles solares en cubiertas de los edificios

En la actualidad, surgen muchas consultas en torno a la instalación de paneles solares en las cubiertas de los edificios. A la vista de los precios de la energía, así como a las campañas publicitarias de las diversas empresas instaladoras, se genera la curiosidad sobre la instalación de estos equipos.

Para empezar, debemos tener en cuenta que la instalación de estos paneles supone que hay que realizar los mismos pasos que para la colocación de cualquier tipo de instalación en cubierta (antenas, equipos de climatización, etc.).

En el caso de cubiertas planas, la instalación es más simple, dado que el apoyo de las estructuras necesarias se realizará sobre una superficie sensiblemente plana. El propio peso de la estructura hace que se requiera una menor intervención. Los anclajes deberán garantizar que los paneles quedan seguros, y que el efecto del viento no generará el movimiento de los mismos.

En cambio, para las cubiertas inclinadas, los soportes de los paneles deberán estar anclados a los elementos estructurales de la cubierta, garantizando la seguridad constructiva del conjunto.

En este caso, dado los medios auxiliares necesarios para efectuar la instalación (andamios o elementos de descuelgue), será necesario contratar la dirección facultativa de los mismos a un técnico competente, que garantice que dichos medios cumplen la normativa vigente.

En cualquiera de los casos, es necesario que los anclajes colocados no perforen la impermeabilización de la cubierta, con objeto de que la instalación no altere la habitabilidad de las viviendas de las plantas inferiores, por la creación de humedades. Para ello, será necesario realizar un análisis de la cubierta que, junto con la orientación necesaria de los paneles, garantice unos soportes adecuados.

Asimismo, en cualquiera de los dos supuestos, se deberá prever la instalación de los equipos de seguridad necesarios, para la posterior realización de las labores de mantenimiento de la instalación. En el caso de cubiertas planas, si estas disponen de un peto perimetral de protección, que cumpla los preceptos establecidos en el Código Técnico de la Edificación DB-SUA-1, este sería suficiente. En el caso de que no exista dicha protección, o bien se trate de una cubierta inclinada, se deberá proceder a la instalación de una línea de vida, certificada, a la cual se anclarán los elementos de protección individual de los operarios encargados de efectuar el mantenimiento de la instalación. La certificación garantizará que la misma ha sido instalada cumpliendo la normativa vigente, y que, por tanto, es capaz de aguantar las cargas necesarias para su uso. Dicha línea de vida deberá pasar sus correspondientes inspecciones de mantenimiento anualmente, garantizando así que la misma se encuentra en las debidas condiciones para su uso.

El problema que puede surgir en este tipo de instalaciones se genera cuando la comunidad esté formada por viviendas unifamiliares y el promotor de la instalación es un propietario particular. En este caso, y dadas las actuaciones a realizar en la cubierta, que es un elemento comunitario, se deberá solicitar permiso a la comunidad de propietarios.

 

Por Enrique Fernández, arquitecto técnico y asesor de Arquitectura de CAFMadrid

 

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